El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene bajo procedimiento a 27 contribuyentes relacionados con Coahuila por la presunción de operaciones inexistentes, conforme al artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
De acuerdo con los registros revisados, 22 de los contribuyentes tienen domicilio fiscal en Coahuila. Saltillo y Torreón concentran seis casos cada uno, mientras que Monclova y Sabinas registran tres respectivamente. También aparecen contribuyentes con domicilio en San Juan de Sabinas, Piedras Negras y Arteaga.
Los expedientes corresponden a actividades económicas diversas, entre ellas minería de carbón, construcción, renta de maquinaria, comercialización de combustibles, venta de materiales, servicios profesionales y comercio.
Entre los nombres incluidos aparecen Kasten Consultores, La María de Saltillo, Hensu Asesores, Sergabal, Servicios y Minerales SJDS, Comercializadora Odanyl y Productora de Insumos QWZ.
El artículo 69-B permite al SAT presumir la inexistencia de operaciones cuando detecta que un contribuyente emitió comprobantes fiscales sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material suficiente para realizar las actividades que amparan dichos comprobantes.
La inclusión en un listado de presunción no significa por sí misma que exista una determinación definitiva contra el contribuyente. El procedimiento contempla una etapa en la que las personas físicas o morales pueden aportar documentación e información para desvirtuar las observaciones de la autoridad.
El SAT mantiene listados diferenciados para contribuyentes que se encuentran bajo presunción, aquellos que lograron desvirtuarla y los casos en los que la autoridad determinó definitivamente la inexistencia de las operaciones.
Entre los casos relacionados con Coahuila aparecen empresas vinculadas con la Región Carbonífera, particularmente en actividades de minería, obra pesada y renta de maquinaria. Sergabal y Servicios y Minerales SJDS figuran entre los contribuyentes con domicilio en Sabinas mencionados en los procedimientos.
También aparece DK y Asociados en antecedentes relacionados con registros de proveedores y contratistas de la Comisión Federal de Electricidad. Sin embargo, esa referencia no permite establecer por sí misma que la empresa haya recibido contratos públicos durante el periodo en que fue incluida en los procedimientos del SAT ni que haya cometido alguna irregularidad en sus relaciones comerciales.
Para determinar si alguno de los contribuyentes tuvo contratos con gobiernos municipales, el Gobierno de Coahuila, organismos públicos o dependencias federales sería necesario revisar de manera individual contratos, padrones de proveedores y expedientes de contratación.
El seguimiento de estos procedimientos permitirá establecer cuáles contribuyentes logran acreditar sus operaciones y cuáles, eventualmente, enfrentan una determinación definitiva por parte del SAT.
Es importante distinguir entre una presunción fiscal y una resolución definitiva. Los contribuyentes señalados cuentan con mecanismos legales para aportar elementos que permitan aclarar o desvirtuar las observaciones formuladas por la autoridad.







