Comisión Reguladora de Telecomunicaciones ajusta reglas sobre derechos de las audiencias

Ciudad de México.- La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) modificó los lineamientos para garantizar los derechos de las audiencias de radio y televisión, después de un proceso de consulta pública en el que recibió más de ocho mil comentarios.

Los cambios reducen las facultades de intervención directa de la autoridad y delimitan los casos en los que podrá imponer sanciones a los concesionarios. La modificación ocurre después de las críticas que generó la propuesta original por el riesgo de censura o autocensura en los medios de comunicación.

La presidenta de la CRT, Norma Solano Rodríguez, sostuvo que las nuevas disposiciones buscan hacer efectivos los derechos de las audiencias reconocidos constitucionalmente desde 2013.

Durante la presentación de los lineamientos, explicó que el objetivo es que las personas dejen de ser consideradas únicamente receptoras de contenidos y cuenten con mecanismos para interactuar con los medios y presentar inconformidades.

Según la información presentada por la Comisión, de los poco más de ocho mil comentarios recibidos durante la consulta, 5.3 por ciento contenía propuestas concretas para modificar el proyecto, mientras que el resto correspondió a opiniones y posicionamientos generales.

Uno de los principales ajustes consiste en limitar expresamente las situaciones por las que la CRT podrá sancionar a una concesionaria. Las sanciones estarán relacionadas con tres supuestos: que el medio no cuente con mecanismos para atender las quejas de las audiencias, que carezca de una defensoría de las audiencias o que no tenga un código de ética.

La versión definitiva elimina disposiciones que podían permitir interpretaciones relacionadas con la evaluación de la veracidad, calidad o contenido de la información periodística.

De esta manera, la autoridad reguladora no tendrá entre sus atribuciones determinar directamente si una información periodística es verdadera, falsa o está presentada de manera adecuada.

Los nuevos lineamientos también establecen un procedimiento específico para las inconformidades. Las audiencias tendrán siete días para presentar una queja y los concesionarios dispondrán de 20 días para responder.

La intervención de la CRT estará condicionada a que el medio no haya atendido el procedimiento correspondiente y a que exista una solicitud expresa del ciudadano. Con ello se refuerza la responsabilidad de las propias concesionarias para resolver inicialmente las reclamaciones.

Otro cambio relevante fue la eliminación de una disposición que establecía que las estaciones de radio y televisión debían evitar la difusión de información falsa, descontextualizada o de hechos históricos presentados como actuales.

Ese apartado había generado cuestionamientos debido a la amplitud de algunos conceptos y a la posibilidad de que fueran interpretados de manera discrecional por una autoridad administrativa.

La Comisión sí mantuvo la obligación de distinguir claramente entre información y opinión. Los medios podrán utilizar recursos visuales, sonoros o gráficos para indicar a las audiencias cuándo están ante un contenido informativo y cuándo se trata de una valoración u opinión.

También permanece la obligación de diferenciar la publicidad de los contenidos editoriales. La finalidad es evitar que materiales comerciales o patrocinados puedan presentarse ante las audiencias como información periodística sin una identificación clara.

Los concesionarios deberán establecer en sus respectivos códigos de ética los principios, valores y procedimientos aplicables a sus contenidos. Esos códigos podrán ser utilizados posteriormente por las audiencias como referencia para presentar inconformidades.

Los lineamientos mantienen así un modelo que combina obligaciones regulatorias con mecanismos de autorregulación de los propios medios.

La discusión sobre estas reglas adquirió especial relevancia debido al cambio en el diseño institucional del regulador de telecomunicaciones. La actual CRT depende del Gobierno federal, a diferencia del anterior Instituto Federal de Telecomunicaciones, que contaba con autonomía constitucional.

Esta situación generó cuestionamientos de especialistas y organizaciones relacionadas con la libertad de expresión, quienes advirtieron sobre el riesgo de que una autoridad vinculada al Gobierno pudiera tener herramientas para intervenir en decisiones editoriales.

Con la versión definitiva, la CRT redujo los supuestos de sanción y eliminó criterios que podían permitir una valoración directa de los contenidos periodísticos.

La aplicación de las nuevas reglas será ahora determinante para establecer si el esquema logra fortalecer los mecanismos de defensa de las audiencias sin generar una intervención indebida de la autoridad en la libertad editorial de los medios.

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