La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional una disposición del Instituto Mexicano del Seguro Social que restringía el acceso a prótesis, aparatos auditivos y otros dispositivos médicos; sin embargo, los efectos de la resolución aplican únicamente para niñas, niños y adolescentes.
El fallo del Pleno invalidó el artículo 42 del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, el cual establecía limitaciones para la entrega de insumos como lentes, implantes cocleares, prótesis y órtesis. A partir de esta decisión, el instituto deberá garantizar estos apoyos a menores de edad bajo el principio del interés superior de la niñez.
La ministra María Estela Ríos González explicó que los efectos acotados responden a criterios jurisprudenciales enfocados en la protección de derechos de la infancia, particularmente en casos relacionados con discapacidad auditiva.
No obstante, la resolución implica que las personas adultas deberán recurrir a procesos legales, como el amparo, para acceder a estos dispositivos, al no extenderse el beneficio de manera general.
El proyecto generó posiciones encontradas entre los ministros. Irving Espinosa Betanzos y Lenia Batres Guadarrama se pronunciaron en contra de limitar los efectos, al considerar que una declaratoria de inconstitucionalidad debería aplicarse de forma general para evitar incertidumbre jurídica.
En contraste, otros integrantes del tribunal respaldaron el alcance de la resolución al señalar que una ampliación requeriría nuevos casos concretos que permitan establecer criterios más amplios. El ministro Arístides Guerrero García indicó que, aunque lo deseable sería beneficiar a todos los derechohabientes, el criterio adoptado responde al origen del caso analizado.
La decisión deriva de diversos juicios de amparo, incluido el de un menor con hipoacusia, y ante la falta de modificaciones normativas por parte del IMSS.
Especialistas consideran que, si bien la resolución representa un avance en la garantía de derechos para la infancia, mantiene una brecha en el acceso a dispositivos médicos para la población adulta, en particular para personas mayores con discapacidad auditiva.







